Verifique si usted es elegible para aplicar
EMPIECE GRATISAjuste de Estatus es el proceso mediante el cual usted puede solicitar el estatus de Residente Permanente Legal cuando usted está PRESENTE en los Estados Unidos. Esto significa que usted puede obtener su residencia sin tener que regresar a su país de origen para completar el trámite consular.
Las leyes de Inmigración de los Estados Unidos ofrece una variedad de formas para que las personas soliciten la residencia. Los requisitos de elegibilidad para ajustar su estatus pueden variar según la categoría de inmigrante bajo la que usted aplica.
La mayoría de las categorías requieren que usted tenga una petición de inmigrante APROBADA ANTES de que pueda presentar el Ajuste de Estatus (por ejemplo, una petición I-129F, I-130, I-360, o I-140 aprobada). Sin embargo, algunas categorías le permitirán aplicar por el ajuste al MISMO tiempo que presenta la petición de inmigrante. Para más información, visite nuestra página de Presentación Conjunta.
Algunas categorías no requieren una petición de inmigrante como base (por ejemplo, la Ley de Ajuste Cubano).
Si usted va a solicitar ajustar su estatus para obtener la residencia permanente bajo la Sección 245(i) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, usted necesita una petición subyacente. Para más información, visite nuestra página de Ajuste de Estatus + §245(i).
Opiniones de los usuarios
Basados en nuestras experiencias personales como inmigrantes y como profesionales de inmigración, entendemos lo importante que es un caso de inmigración para un cliente. Nos esforzamos por establecer relaciones honestas y confiables con todos nuestros clientes. Estamos comprometidos a ofrecerle a los clientes un servicio rápido y personalizado con el fin de brindarles confianza y tranquilidad durante la tramitación de su caso de inmigración.
Vea lo que dicen nuestros clientes sobre su experiencia personal de trabajar con nosotros:
Visite nuestra página "Cómo Funciona" para ver lo fácil que es trabajar con nosotros mientras ahorra tiempo y dinero.
Los Servicios Legales del Abogado incluyen:
Después de una revisión de formulario(s) de 5 puntos clave, Signature le enviará un paquete nítidamente preparado vía USPS Priority Mail® (sin costo adicional) que incluye:
Después de recibir el paquete completo de parte de Signature, usted es responsable de enviar por correo los formularios completos y firmados, los documentos de respaldo y las tarifas de presentación requerida directamente a USCIS. Signature NO hace eso por usted.
La tarifa de presentación de USCIS para el Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus varía según lo siguiente:
Las tarifas de Signature por los Servicios de Preparación de Formularios NO incluyen las tarifas de presentación de USCIS, las tarifas del servicios biométricos ni ninguna otra tarifa que deba pagarse al gobierno. Cualquier tarifa destinada al gobierno es una tarifa separada y debe pagarse a expensas del Cliente. Signature NO hace eso por usted.
Usted puede pagar las tarifas de presentación de USCIS con un giro postal, cheque personal, cheque de cajero o con tarjeta de crédito. Si paga con cheque o giro postal, debe hacerlo pagadero a nombre de: “U.S. Department of Homeland Security”. Debe enviar todas las tarifas en la cantidad exacta. NO ENVÍE DINERO EN EFECTIVO.
NOTA: Las tarifas de presentación de USCIS y la tarifa de servicios biométricos son finales y no reembolsables, independientemente de cualquier acción que USCIS tome en su caso o petición, o si retira su petición.
Una vez que USCIS reciba su solicitud o petición, usted recibirá: